
Dictamen de la ONU para los hermanos Martín Perdomo, sus implicaciones
Fecha de lanzamiento: 24 de marzo de 2025
El pasado mes de febrero, el Grupo de Trabajo para la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), declaró improcedente el arresto de los hermanos Jorge y Nadir Martín Perdomo.
Ambos ex docentes fueron condenados a ocho y seis años de privación de libertad, respectivamente, por su participación en las protestas antigubernamentales del 11 de julio de 2021, en San José de las Lajas, Mayabeque.


Los hermanos Jorge y Nadir Martín Perdomo permanecen recluidos desde el 17 de julio de 2021. En su caso, se han violado numerosas disposiciones legales que garantizan el debido proceso durante el período de procesamiento penal, según dictaminó el Consejo de Derechos Humanos. (Foto de la campaña comunicativa #MaestrosPresos, impulsada por este observatorio)
"De conformidad con sus métodos de trabajo, el Grupo de Trabajo transmitió el 1 de mayo de 2024 al Gobierno de Cuba una comunicación relativa a Jorge Martín Perdomo y Nadir Martín Perdomo. El Gobierno respondió con retraso el 5 de agosto de 2024. El Estado no es parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", resalta la resolución.
La entidad internacional, destacó disímiles incongruencias en el proceso de arresto de los señores Martín Perdomo, entre ellos amenazas por parte de agentes de la unidad de la División de Investigación Criminal y Operaciones de San José de las Lajas; la no identificación oportuna de los agentes, la entrega de citaciones oficiales que no cumplen con los requisitos establecidos en la Ley de Procesamiento Penal vigente y la omisión de una orden de arresto, que nunca le fue presentada a los implicados.
"También ocurre como ha sido en el caso de los Sres. Martín Perdomo que las autoridades cubanas usan triquiñuelas o ardides como son citaciones para falsas entrevistas en las Unidades de la Policía Nacional Revolucionaria con el fin de atraer a la persona y una vez en el interior de dichas unidades policiales proceder a su arresto y privación de libertad.", refiere el grupo de trabajo que, como parte de sus investigaciones, ha podido constatar "la mala práctica de las autoridades cubanas de no informar sobre los motivos del arresto, y mucho menos informar sobre los derechos y garantías que asisten a la persona arrestada".
El cúmulo de arbitrariedades cometidas en ambos casos, motivó la denuncia ante la ONU. Esta, se ampara en las categorías I, II, III y V del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, que se encarga de investigar medidas de privación de libertad impuestas de manera improcedente.
Así, esta dependencia "examina las denuncias individuales según su procedimiento ordinario de comunicaciones, lo cual da lugar a la adopción de opiniones en lo que concierne a la arbitrariedad de la detención. Además, el Grupo de Trabajo efectúa visitas a los países para evaluar la situación de privación de libertad en el país", reconoce su página web.

La arbitrariedad cometida contra los hermanos Martín Perdomo, queda opacada por el apoyo recibido por la sociedad civil que se ha plegado a la familia ante tamaña injusticia. (Foto tomada de Facebook)
En el caso específico de los hermanos Martín Perdomo, el Estado cubano incurre en violaciones en tanto no puede evocar una base legal para proceder al arresto y, muchísimo menos, para mantenerlos en prisión.
Por demás, viola el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que establece que "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".
Adicionalmente, se evidencia "la inobservancia, total o parcial, de las normas internacionales relativas al derecho a un juicio imparcial, establecidas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los instrumentos internacionales pertinentes aceptados por los Estados afectados, es de una gravedad tal que confiere a la privación de libertad carácter arbitrario".
Por último, el encarcelamiento de los ex profesores responde a la discriminación por opiniones políticas, poniendo en peligro la aplicación equitativa de la igualdad de derechos a todos los individuos.
Como parte de sus investigaciones del caso y de conformidad con lo dispuesto por los estatutos de la institución, el Grupo de Trabajo envió una comunicación al Gobierno cubano el 1 de mayo de 2024, siendo específicos en que este debía de pronunciarse, a más tardar, el 1 de julio del mismo año. Cuba suscribió su respuesta con un retraso de un mes y cuatro días, motivando así que la entidad internacional lo desestimara y, por ende, no constara en su declaración oficial ni en su página web.
No obstante, las pruebas aportadas por la fuente de denuncia fueron de suficiente peso para que la entidad de la ONU emitiera una resolución, no sin antes especificar que recae en el Gobierno cubano presentar evidencias que contribuyan a refutar las afirmaciones de la parte denunciante. Este requisito no fue cumplido con suficiencia pese al retraso de las autoridades cubanas.
De tal manera, el Grupo de Trabajo determinó que "La privación de libertad de Jorge Martín Perdomo y Nadir Martín Perdomo es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 1, 2, 3, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 19 y 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y se inscribe en las categorías I, II, III y V".
Debido a ello, instó al Gobierno cubano a subsanar esta situación lo antes posible, en franco respeto a las libertades fundamentales inherentes a todos los individuos, y que quedan recogidas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, suscrita por Cuba.


De acuerdo al dictamen emitido por el Grupo de Trabajo sonre las Detenciones Arbitrarias, el Estado cubano deberá resarcir el sufrimiento provocado a la familia Martín Perdomo por estos casi cuatro años de encierro injustificado. (Foto tomada del perfil de Facebook de Marta Perdomo)
De conformidad con las normas del derecho internacional, se exige además que ambos ciudadanos sean indemnizados, y se curse una investigación exhaustiva que dé con los responsables inmediatos del arresto, que deberán ser debidamente castigados por las violaciones cometidas.
Además, el informe resulta vinculante y fue remitido a la Relatora Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, a la Relatora Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y a la Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados.
Por si esto fuera poco, el Grupo de Trabajo adoptó un protocolo de seguimiento del caso, mediante el cual la fuente y el Gobierno cubano tienen la obligación de remitirle la noticia de la liberación de Jorge y Nadir Martín Perdomo. Igualmente, se procederá a informar sobre las indemnizaciones recibidas por las víctimas, las investigaciones relativas a la violación de sus derechos y las enmiendas legislativas para evitar este tipo de incidentes en el futuro. Todo esto, en un plazo de seis meses posteriores a la promulgación de dicho dictamen.
La intervención del Grupo de Trabajo sobre las Detenciones Arbitrarias tiene implicaciones de gran calado en la imagen diplomática de Cuba. Este pronunciamiento no solo pone en tela de juicio el respeto por los derechos humanos en el país, sino que también puede tener repercusiones significativas en su imagen internacional y en sus relaciones diplomáticas.
La declaración de la ONU incide negativamente en la reputación de la Isla en el ámbito global. La experiencia demuestra que los países que son señalados por violaciones de esta índole suelen enfrentar sanciones, críticas y un aislamiento diplomático; lo cual puede traducirse en una disminución de la inversión extranjera y en la cooperación internacional, afectando su desarrollo económico.
Al interior del país, el pronunciamiento de la entidad internacional representa una importante victoria de la sociedad civil, provocando un aumento en la presión social y política. Grupos de derechos humanos, activistas y ciudadanos pueden intensificar sus demandas por reformas y la liberación de prisioneros.
Con el reconocimiento de la arbitrariedad cometida contra los hermanos Nadir y Jorge Martín Perdomo, la ONU sienta un importante precedente que puede ayudar a identificar escenarios similares en las miles de detenciones efectuadas por el Gobierno cubano en torno a las protestas del 11J. De esta manera, la sociedad civil tiene una importante herramienta para continuar la lucha por la libertad de los cientos de presos políticos que permanecen recluidos en las cárceles cubanas.
Vale destacar que esta no es la primera vez que Cuba debe rendir cuentas ante el Grupo de Trabajo para las Detenciones Arbitrarias de la ONU. Según el apartado "comunicaciones de Gobierno" de la página web de la dependencia internacional, en el año 2017 el país enfrentó cuestionamientos por los arrestos del artista Danilo Maldonado Machado, alias "El Sexto"; y del activista Manuel Rodríguez Alonso, militante de la Corriente Martiana.
Con anterioridad, en 2012, el Gobierno de la Isla debió explicar las detenciones de la Dama de Blanco Yasmín Conlledo Riverón, y su esposo Yusmani Rafael Alvarez Esmoris. Ese mismo año, rindieron cuentas por el caso del norteamericano Allan Gross.
Cabe resaltar que, en estas cuatro oportunidades, el Gobierno cubano decidió refutar las acusaciones, resaltando un amplio historial delictivo de todos los implicados, aun cuando este se sustentara en delitos menores como "Daño a la propiedad", infracción endeble con la cual se justificó el encarcelamiento del grafitero "El Sexto".
En cada una de las ocasiones, la parte cubana acusó al Grupo de Trabajo de tomar por ciertas opiniones prejuiciadas, así como de un profundo desconocimiento de la situación económica y política del país.
Llama la atención que el cuerpo diplomático cubano respondió oportunamente a estos reclamos, mas sus alegaciones no fueron suficientes cuando, en 2018, el mismo organismo declaró como "detención arbitraria" el encarcelamiento por “Desacato” del científico cubano Ariel Ruiz Urquiola.
En esta oportunidad, el Estado cubano respondió con una verborrea inculpatoria respecto al proceder del académico, que terminó resolviendo al declarar la liberación previa de Ruiz Urquiola por considerarsele "incompatible con el sistema penal cubano". Ante las contra alegaciones de la parte acusatoria, el Gobierno cubano no pudo responder, de ahí que no exista un documento de constancia emitido al respecto.
Asimismo, en el caso de los hermanos Martín Perdomo, el Estado cubano ha mostrado dilación para tramitar la petición del organismo internacional, evitado así reseñar permanentemente su desprecio por los Derechos Humanos, así como sus propias leyes.
El Observatorio de Libertad Académica celebra la decisión del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias, que conmina al Estado cubano a liberar a Jorge y Nadir Martín Perdomo, miembros intachables de la comunidad de San José de las Lajas.
Exigimos al Gobierno cubano acatar las disposiciones del organismo, garantizando la excarcelación inmediata de ambos prisioneros de conciencia, aparejado de las consiguientes reparaciones que restituyan moral y económicamente el daño ocasionado a ellos y a sus familiares.
Instamos a la comunidad internacional a realizar un seguimiento de estos casos mediante la denuncia y la presión sistemática al Estado cubano, hasta que este respete lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de la cual es signatario.
A la par, estimulamos a la sociedad civil cubana a continuar su labor hasta conseguir la liberación inmediata y sin restricciones de los cientos de inocentes que permanecen recluidos en las cárceles cubanas por ejercer su derecho legítimo al disenso político y la manifestación pacífica.